Reglamento del Port Olímpic

El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas generales de uso y explotación de los distintos elementos que integran los accesos, la zona de servicio y demás elementos y espacios del Puerto Olímpico de Barcelona en virtud del Convenio de delegación de competencias de fecha 17 de diciembre de 2020, entre la Generalitat de Catalunya y el Excelentísimo Ayuntamiento de Barcelona, para la explotación del Puerto Olímpico de Barcelona (“Puerto Olímpico”), y del Acuerdo del Pleno del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona, de fecha 29 de marzo de 2019, por el que se acordó descentralizar en Barcelona Serveis Municipales, SA, (“BSM”) las funciones que corresponden al Ayuntamiento de Barcelona y que no tengan carácter de autoridad.

Lo anterior sin perjuicio de todas aquellas otras normas que también resulten aplicables, entre otros y en especial, la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales (“Ley de Puertos”), la normativa que la desarrolle, el Reglamento de Policía Portuaria de la Generalitat de Catalunya, así como los estatutos sociales de BSM.


Regula, asimismo, las relaciones entre BSM y los titulares de derechos de uso preferente sobre elementos incluidos en el ámbito del Puerto Olímpico y con el resto de los usuarios. 

Embarcacions al Port Olímpic

 

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